Senado prohibe y sanciona por ley las mal llamadas «terapias de conversión»

MÉXICO. Con penas de hasta seis años de prisión para quienes realicen, financien o promuevan tratamientos que busquen cambiar la orientación sexual o la identidad de género de las personas, se aprobó la reforma contra los ESFUERZOS PARA CORREGIR LA ORIENTACIÓN SEXUAL Y LA IDENTIDAD DE GÉNERO (terapia de conversión), con las que durante décadas, se ha torturado a personas lgbtiq+ en el país.

Según la norma, si la persona afectada es menor de 18 años, adultx mayor o tiene alguna discapacidad, las penas podrían duplicarse. Queda también establecido que una denuncia es suficiente para iniciar una investigación.

Según las denuncias ante la ONU, estas torturas pueden tomar la forma de exorcismos, tratamientos de psicoterapia y/o farmacológicos, violaciones y otros tipos de abusos físicos y psicológicos, los que provocan serios traumas a las personas víctimas y su entorno.

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