Tribunal Europeo: Polonia debe reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo

Esta sentencia refuerza los derechos de las familias lgbti+, sin embargo, los países condenados se niegan a acatar la resolución.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó el jueves que Polonia infringe el Derecho de la Unión Europe al negarse a reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros Estados miembros. La sentencia se refiere a dxs ciudadanxs polacos que contrajeron matrimonio en Berlín y a quienes se les denegó la autorización para transcribir su certificado de matrimonio alemán en el registro civil polaco. Según el Tribunal de Justicia, dicha denegación constituye un obstáculo a la libre circulación y una vulneración del derecho a la vida y la familia.

El veredicto indica que Polonia no está obligada a introducir el matrimonio entre personas del mismo sexo en su legislación nacional, pero que si debe reconocer el estado civil de los ciudadanos de la UE adquirido legalmente en otro país de la UE.

Según el documento, «Todos los países de la Unión Europea deben reconocer a los progenitores del mismo sexo y a sus hijos para que estos puedan ejercer su libertad de circulación como ciudadanos de la UE».

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